Reglamentan la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos
La Sociedad Comercio e Industria de Junín (SCIJ) informó ayer que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial, reglamentó la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos que fue establecida en el marco de la Ley de Solidaridad y Reactivación Económica, y que tendrá una quita promedio del 42% y un plazo de pago de hasta 10 años.
En ese contexto, los contribuyentes que tengan deudas acumuladas hasta fin del año pasado podrán ingresar al plan entre el 17 de febrero y el 30 de abril. Hay incentivos para aquellos que ingresen lo antes posible, a través de un menor pago a cuenta y un mayor nivel de cuotas.
El plazo para pagar las deudas es hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones. La iniciativa prevé la condonación parcial de intereses y total de multas.
La nueva moratoria otorga a las Mipymes una ventana de tiempo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento.
Cabe destacar que los que se adhieran en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso. La normativa establece estímulos para promover el ingreso temprano al plan.
Se aplicará una tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
Esta medida, otorgará un gran alivio a las finanzas de las pequeñas y medianas empresas y colaborará con la reactivación de su actividad.
Para más información, acceder a la Resolución General 4667/2020, https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/225017/20200131