Sigue prohibida la realización de ferias de aves por la gripe aviar
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ratificó la prohibición en el país para realizar exposiciones, ferias u otros eventos que impliquen aglomeraciones de aves domésticas, al tiempo que levantó algunas de las demás medidas extraordinarias fijadas ante la emergencia sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP).
A través de la Resolución 959/2023 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo confirmó que se mantendrá la prohibición de concentraciones de aves domésticas en todo el territorio nacional, pues “por la evolución de la enfermedad y la información científica disponible se estima necesario mantener ciertas medidas sanitarias”, según se indica en sus considerandos.
De esta forma, no se podrán realizar “exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves de las especies domésticas por cualquier motivo y finalidad”. Esto incluye a especies como gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos.
En el caso de transgredir esta reglamentación, los infractores recibirán una sanción, cuya magnitud dependerá de la “índole y gravedad del hecho, el daño producido o que se pretenda evitar, el volumen de la operación del infractor y sus antecedentes, y todas las circunstancias agravantes y atenuantes”, según se estipula en la Ley 27.233 de Sanidad de los Animales y Vegetales.
La resolución de hoy, por otro lado, deja sin vigencia algunas restricciones estipuladas por la Resolución 431/2023 de mayo último, conforme a la actual dinámica y estatus de la gripe aviar en el país.
Entre ellas se incluye la prohibición del movimiento de aves hacia comercios agropecuarios para la venta minorista de animales en comercios como forrajerías agropecuarias o veterinarias, el movimiento desde y hacia establecimientos registrados en el Senasa bajo la actividad “aves de traspatio”, y las diversas restricciones y procedimientos extraordinarios fijados para el ingreso de genética aviar procedente del exterior y su traslado dentro del territorio. (DIB)