23 noviembre 2024

Comenzó el juicio oral a ex empleado municipal de General Viamonte

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La semana pasada comenzó el juicio oral y público al ex empleado municipal Cristian Marra por una causa denunciada por el intendente Franco Flexas en 2016. El delito que se investiga es el de “negociaciones incompatibles con los deberes de funcionario.”

En esta primera etapa del juicio que inició el lunes y martes de la semana pasada, se tomaron declaraciones presenciales y de oficio (documentales) de testigos, entre ellos, el ex intendente (2015) Javier Mignaqui, también declaró el propio acusado Cristian Marra, el Sr. Bustillo dueño de la empresa de transporte involucrada en el hecho que se imputa al ex empleado municipal y restan ahora los alegatos de los abogados en la semana del 10 de marzo próximo como así también la sentencia del Juez.  

El hecho en sí se trataría de una serie de fletes realizados por Cristian Marra prestando un servicio de transponte tercerizado por la empresa del Sr. Bustillo, contratada por la Secretaría de Obras públicas del municipio de General Viamonte para el traslado de piedras con destino a diferentes obras, principalmente la reparación o rellenado de la ruta 65 a la altura del puente “La Chocha” debido a las inundaciones de aquél momento y obras de cordón cuneta. 

Este hecho, generó una incompatibilidad con su labor como empleado municipal, según lo establecido por la ley de empleados municipales 11657, y por tal motivo se inició el proceso judicial actual formando parte de una serie de denuncias presentadas por el intendente Franco Flexas y el entonces Secretario de Legal y Técnica José Diz en 2016. 

Al respecto, La Fiscal Provincial Vanina Lizaso se refirió al caso en la Radio Pública Municipal (Radio Viamonte): “todo lo que es pericia se tuvo que hacer antes, se hicieron las pericias contables y pedir documentación a todos los organismos oficiales, en esta etapa se reproduce todo.”

Sobre la posible pena que le caería a Marra dijo: “son delitos excarcelables porque tiene de 1 a 6 años de prisión, si el monto de la pena es mayor de 3 años si es detenible y eso va a quedar a disposición del Juez, nosotros le imputamos 26 hechos de esta negociación que es bastante. Si es menos de tres años puede tener una condena de cumplimiento en suspenso pero sí o sí la condena conlleva la inhabilitación perpetua para ejercer cualquier cargo público.” 

Por su parte, el abogado defensor de Cristian Marra, el Dr. Julio Arriarán pidió su derecho a réplica en la Radio Pública tras los dichos de la Fiscal Lizaso y en ese contexto expresó: “no es beneficioso que un Fiscal de la Pcia de Buenos Aires, para que en este caso dé información de carácter objetivo, hasta tanto exista una sentencia que conforme la realización de los hechos que se imputan.” 

Según el abogado, “esas tareas no fueron decididas por él, que es el tipo penal, el tipo penal sanciona al funcionario que se interesare con un interés económico en razón de su cargo, es decir que aquél que teniendo la prerrogativa técnica y funcional para decidir algo, lo decide desdoblando su voluntad como funcionario público y como parte privada.”

Asimismo, remarcó que en el peor de los casos que el juez entienda de que esa ejecución de un contrato conlleva la existencia de tipo penal, la ciudadanía tiene que saber que no significa eso que él haya perjudicado económicamente (al Municipio).” Luego agregó: “ha quedado comprobado por los órganos especiales de control de una Municipalidad que es el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, que la actividad por la que se está imputando hoy al señor Cristian Marra que consiste en 26 viajes subcontratados de traslados de piedras, no generó ningún perjuicio económico para la administración.” 

Sin embargo, tanto el abogado defensor como el propio Marra reconocen que la incompatibilidad existió y el Juez determinará ahora si encuadra o no en el tipo penal de “negociaciones incompatibles con los deberes de funcionario público”.  

“Por ese motivo es que esta defensa técnica no apeló la cesantía administrativa porque desde el punto de vista administrativo por la ley del empleado municipal 11657 existía una incompatibilidad y una cuestión de honestidad y honradez de parte del empleado, admitió que por desconocimiento pero la incompatibilidad existió y aceptó que recibiría una sanción y por eso no apeló”, sostuvo Arriarán. 

Y agregó, “pero es muy distinto la imputación penal que hubiere cometido en razón de su cargo, porque él carecía de una prerrogativa funcional y técnica para decidir la contratación de servicios de fletes que lo hizo el funcionario correspondiente que es el señor Daniel Berna y esa cadena normal de controles funcionales, la hizo como corresponde el contador público municipal, la parte de contaduría previa a los pagos, el propio jefe de compras, entonces cuando luego es analizada por el Tribunal de Cuentas no advirtieron ninguna irregularidad porque no había habido ningún perjuicio patrimonial de ninguna especie.” 

Sobre la declaración de Mignaqui, Arriarán dijo que “más que realizar una defensa, el ex intendente indicó que él no había advertido ninguna irregularidad desde el punto de vista económico, en un beneficio directo para esta persona, sino que luego se advirtió una incompatibilidad.” 

En tanto el intendente Franco Flexas, quien brindó declaraciones en Radio Pública minutos después que lo hiciera el abogado, dijo que “no fue una foto para el periodismo sino que era algo real que había perjudicado al municipio,” refiriéndose a la presentación judicial que realizó en 2016 y que convocó a medios locales para una conferencia de prensa en la puerta de la ayudantía fiscal.  

“Que aquella foto y esa conferencia de prensa aquí en la ayudantía fiscal en la que presentamos muchas causas para que la justicia investigue, tardó la justicia pero llegó el primer juicio oral que después tendrá su resolución.” Y agregó: “a mí me deja tranquilo además estar en gestión y que se pueda concretar porque mucha gente decía que hablábamos de gusto, acá están las causas, no eran mentiras y hoy hay un juicio oral por lo cual había elemento para llegar a juicio oral y después habrá que ver si la justicia decide si es culpable o si es inocente pero llegó el momento y ojalá que continúen todas las demás causas, que se investiguen.” 

Desde el próximo 10 de marzo comenzarán los alegatos de los abogados en el Juzgado en lo Correccional 1 de la ciudad de Junín y en poco tiempo se tendrán las resoluciones del caso.

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