23 noviembre 2024

La Anmat prohibió el uso y la venta de un repelente contra el dengue

Lo hizo a través de la Disposición 7502/2024 publicada en el Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo de control, Nélida Agustina Bisio.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de un repelente natural de aedes aegypti, el mosquito que transmite el dengue, el zika y la fiebre chikungunya, y de otros dos productos similares, todos de origen nacional.

Lo hizo a través de la Disposición 7502/2024 publicada en el Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo de control, Nélida Agustina Bisio.

Según explicó Anmat en los considerandos de ese documento, la medida abarca a los productos “Repelente natural de aedes Aegypti”; “Repelente Natural de mosquitos”; y “Repelente de Vainilla extracto natural”, todos de la marca Chakra Profesional.

Las actuaciones, detalló ese organismo, comenzaron cuando el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud recibió una notificación en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la Anmat con relación a la comercialización en medios electrónicos de esos artículos.

En ese marco, se realizó una consulta a la base de datos del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal a través de la cual pudo determinarse que los datos identificatorios expuestos no correspondían a productos repelentes de insectos inscriptos ante la Anmat.

Posteriormente, se detectó los sitios web donde se ofrecían los artículos en cuestión y se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria, con el objetivo de que gestionen las bajas de esas publicaciones de ventas electrónicas.

En consecuencia, se tomó la determinación antes citada, “a fin de proteger a eventuales usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de productos cosméticos no inscriptos ante la Anmat para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes, y/o si fueron formulados con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”. (DIB)